Estimados Clientes y Amigos
Por este medio nos permitimos informales que el día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación la siguiente información relevante en materia de comercio exterior:
SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO.
MODIFICACIÓN A LAS REGLAS GENERLES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2015 Y SUS ANEXOS 14 y 22.
Primero. Se realiza la siguiente adición a la Resolución que establece las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2015, publicada en el DOF el 07 de abril de 2015:
- Se adiciona la siguiente Regla:
3.7.34
Esta Regla se adiciona para establecer el procedimiento que deberán seguir todas aquellas empresas del sector hidrocarburos que realicen la importación de los hidrocarburos, productos petrolíferos, productos petroquímicos, azufre y cualesquiera otras mercancías identificadas en el anexo 14 y las que se publiquen en la página del SAT, para promover el despacho de dichas mercancías, rectificación de datos y transmisión de documentos electrónicos
Segundo. Se adiciona el anexo 14, “Importación o Exportación de hidrocarburos, productos petrolíferos, productos petroquímicos azufre”.
Tercero. Se modifica el anexo 22 “Instructivo para el llenado de pedimento”, como sigue:
- Para modificar el apéndice 8, como sigue:
- Para adicionar el numeral 2 al complemento 1 del identificador “AV”.
- Para adicionar el identificador “HC”.
Artículo Transitorio
Único. La presente Resolución entró en vigor el 1 de septiembre de 2015.
Para más información clic aquí 3.7.34 ANEXO 14 ANEXO 22
Lo anterior para su conocimiento y efectos.
Atentamente
Nogueira, Servicios de Comercio Exterior
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